jueves, 10 de enero de 2013

El gobernador Manuel Velasco Coello envió al Congreso local el “veto” al impuesto por el servicio de alumbrado público.

Blog de Mercedes Dìaz Solis.
El gobernador Manuel Velasco Coello envió al Congreso local el “veto” al impuesto por el servicio de alumbrado público de la Ley de Ingresos del municipio de Tuxtla Gutiérrez, para el ejercicio fiscal 2013.
El mandatario consideró que la propuesta del alcalde Samuel Toledo Córdova-Toledo viola lo dispuesto en la Constitución federal, al pretender que la sociedad pague un impuesto por alumbrado público.
La Comisión Permanente recibió la propuesta y la turnó a la Comisión de Hacienda el oficio firmado por el mandatario estatal el pasado 5 de enero.
Mediante el oficio enviado a los diputados, el mandatario realizó observaciones a los artículos 65, 66 y 67 del Título Tercero, Capítulo XIV denominado “Por el servicio de alumbrado Público”, de la mencionada Ley.
En su argumentación, el mandatario señaló que la forma en que se regula el cobro de los derecho del servicio de alumbrado público resulta violatoria a la Carta Magna, específicamente de los artículos 73 fracción 29, inciso 5o., inciso A y 31 fracción 4a.
En la Ley aprobada, expuso el gobierno estatal en un comunicado, se aprecia que “establece una contribución sobre el consumo de energía eléctrica, ya que su monto se calcula tomando como base la cantidad que se cobra por ese consumo y no en relación con el costo del referido servicio público del alumbrado”.
No se toma en cuenta el costo, beneficio global e igualitario del servicio que presta el municipio, sino un elemento ajeno como es el consumo de energía eléctrica de cada contrato que tenga la Comisión Federal de Electricidad (CFE), agregó.
“Lo anterior conduce a que por un mismo servicio los contribuyentes paguen una mayor o menor cantidad, pues se fija en términos de la capacidad de consumo y gastos de destinatario del servicio, lo que da una escala de mínimos a máximos en función de dicha capacidad y no por el servicio que recibe”, anotó.
Esa práctica de cobro o fijación de la base de la cual se pretende cobrar el servicio que se presta, ha sido declarada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación SCJN) como inconstitucional, “porque que en realidad se establece un gravamen sobre dicho consumo y no un derecho previsto por la legislación local”, abundó.
Se trata, apuntó, de una contribución establecida por las legislaturas locales al consumo de fluido eléctrico, con la cual se invade la esfera de facultades exclusivas de la federación y contravienen la Constitución.
En razón de lo anterior, Velasco Coello decidió ejercer el derecho de veto al texto que se considera inconstitucional, con base en las facultades que le otorga la Constitución local y devolver al Congreso estatal el proyecto de Ley de Ingresos para el municipio de Tuxtla Gutiérrez para el ejercicio fiscal 2013.
Ello, a efecto de que se sirva tomar en cuenta las observaciones que se formulen y por ende ajustar a los preceptos vetados de la ley de referencia a los principios de constitucionales vulnerados

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